Rigen las Buenas Prácticas Agrícolas

Desde enero es obligatoria la implementación para el sector hortícola.

Las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) deben aplicarse para producir hortalizas y almacenarlas hasta su comercialización dentro del establecimiento productivo, siendo la única excepción aquellos registrados como empaques.

El foco principal está puesto en los alimentos que van desde la producción, directamente a la mesa, lo cual afecta a frutas y hortalizas. En ese proceso, todos y todas desempeñan un papel para garantizar que los alimentos consumidos sean seguros y no sean perjudiciales para la salud.

La disposición para garantizar la inocuidad de los alimentos se registra en el Código Alimentario Argentino (CAA) en el Artículo 154 tris, que refiere como plazo para las y los productores del sector frutícola hasta el 2 de enero de 2020 y al sector hortícola hasta el 4 de enero de 2021, para implementar lo establecido: “Toda persona física o jurídica responsable de la producción de frutas y hortalizas deberá cumplir con las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA), cuando se realicen una o más de las actividades siguientes: producción primaria (cultivo-cosecha), almacenamiento hasta la comercialización dentro del establecimiento productivo, a excepción de aquellos registrados como empaques”.

Dicho código establece una serie de leyes que se deben cumplir para que un producto elaborado se comercialice. De lo contrario, el producto no puede ser consumido ya que podría ser un elemento adulterado además de ser ilegal.

Código Alimentario Argentino

La resolución conjunta Nº 5/2018 establece siete puntos que son de implementación obligatoria para la producción y comercialización de frutas y hortalizas:

1) Documentación obligatoria – trazabilidad: Las y los productores deberán cumplir con la inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) y ciertos productos deben contar con el Documento de Tránsito Vegetal electrónico (DTVe) para su traslado. De igual manera, deben identificar los productos frutihortícolas, colocando una etiqueta o rótulo, según normativa vigente.

2) Productos fitosanitarios. Sólo se deberán utilizar productos autorizados por el Senasa, en sus envases originales y para los cultivos permitidos. Además, las y los productores deberán cumplir con las recomendaciones y las restricciones de uso, indicadas en el marbete/etiqueta y registrar la aplicación.

3) Agua. Se deberá realizar un uso eficiente, seguro y racional de agua segura, implementando medidas eficaces que garanticen que el agua a ser utilizada en la explotación cumpla con los requisitos establecidos en el CAA para higiene y consumo de personal. Para el agua de uso agrícola se deberá asegurar el cumplimiento de las legislaciones aplicables de cada provincia.

4) Manipulación. Para manipular las hortalizas y frutas al momento de la cosecha, acondicionamiento y empaque en el predio, es fundamental cumplir con las pautas de higiene básicas.

5) Animales. Se deberá impedir el ingreso de animales a las áreas cultivadas y a las zonas de manipulación del producto cosechado a fin de reducir al máximo la posibilidad de contaminación biológica en los cultivos.

6) Uso de fertilizantes orgánicos y enmiendas. Deberán estar registrados en el Senasa, someterse a tratamiento, compostado u otros que minimicen el riesgo sanitario. Se prohíbe la utilización de residuos provenientes de sistemas cloacales y pozos sépticos, como enmiendas orgánicas, así como el uso de enmiendas orgánicas sin tratamiento.

7) Responsable técnico. Se deberá contar con la asistencia de una o un Técnico/Profesional, para asesorar en la implementación de las BPA, con capacitación en la temática a través de personal de organismos nacionales, provinciales y municipales, universidades, escuelas agrotécnicas, Programa Cambio Rural y otros programas relacionados, organismos descentralizados, profesionales independientes y entidades privadas reconocidas. La seguridad alimentaria es una responsabilidad compartida entre quienes producen, gobiernos, consumidores y consumidoras. Además, teniendo en cuenta que durante los últimos años la demanda es cada vez más exigente respecto a la salubridad y la calidad de alimentos que se comercializan, la inocuidad alimentaria y la confianza de los y las consumidoras son el producto de un esfuerzo .

 Manual de las Buenas Prácticas Agrícolas

Fuente: Prensa INTA.