La iniciativa brinda asistencia económica a aquellos productores que arriendan y fueron alcanzados por la emergencia y/o desastre agropecuario por sequía.
El Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires, a cargo de Javier Rodríguez, lanzó el “Programa de Recuperación Productiva para Arrendatarios” para asistir a productoras y productores arrendatarios bonaerenses declarados en emergencia y/o desastre agropecuario, en los términos de la Ley N° 10.390 y modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 7282/86.
El programa asiste económicamente a arrendatarios en forma segmentada, según la escala y con un tope máximo de hectáreas en producción, con beneficios similares a los de los propietarios.
Para las líneas de financiamiento por emergencia no era necesario presentar el certificado de emergencia agropecuaria, sino estar en un distrito declarado en emergencia y con este nuevo programa se brinda un beneficio adicional para su recuperación, que los equipara con los beneficios fiscales que reciben los propietarios.
En el transcurso de este año, el gobierno de la provincia de Buenos Aires ha declarado el estado de emergencia agropecuaria en 90 municipios y el promedio de los últimos tres años muestra que uno de cada cuatro productores en Emergencia y/o Desastre Agropecuario son arrendatarios de los inmuebles que trabajan, representando en el año 2023 el 37% de la totalidad de las hectáreas declaradas en emergencia.
En el marco de esta nueva iniciativa, los beneficiarios recibirán como incentivo un aporte no reintegrable en función de la superficie arrendada, el porcentaje de afectación y el impuesto inmobiliario rural correspondiente a ese período.
El aporte no reintegrable se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: Índice de afectación (IA) x Monto correspondiente al inmobiliario rural para el período comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de octubre de 2023.
A los fines de acceder a los beneficios del programa, los productores deberán enviar un correo electrónico a sdea.emergencia adjuntando: a) Formulario de DDJJ del programa; b) Constancia de inscripción en impuestos nacionales y provinciales; c) Inscripción al AgroRegistro MiPyMEs (RESO-2020-7-Gdeba-Mdagp); d) Copia certificada del contrato de arrendamiento rural de las partidas declaradas en emergencia y/o desastre agropecuario debidamente inscripto en los registros correspondientes; e) Liquidación del impuesto inmobiliario rural e inmobiliario rural complementarios de las partidas alcanzadas correspondiente al año 2023; f) Constancia de Clave Bancaria Uniforme (CBU) de su titularidad.
Para obtener el formulario de solicitud y más información, ingresar a: www.gba.gob.ar/desarrollo_agrario/RP_Arrendatarios.