En su Resolución 875, el Senasa actualiza el marco normativo del Programa Nacional de Prevención (PNPHLB) de esta plaga.
La Resolución, firmada por el presidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) Carlos Paz, establece las áreas de aplicación del Programa; define los artículos reglamentados y las medidas de mitigación de riesgo fitosanitario para el traslado de cítricos para prevenir la enfermedad más grave que afecta a este tipo de producción, ante la detección de nuevos focos en las provincias de Entre Ríos y Corrientes.
La nueva norma se promulgó a través de un proceso de construcción colectiva entre actores públicos y privados de la cadena citrícola de la República Argentina y define como artículos reglamentados a la fruta fresca cítrica sin proceso, la fruta fresca cítrica procesada, el material de propagación cítrico en clase fiscalizada y el Material de propagación hospedante de Candidatus Liberibacter spp. y/o Diaphorina citri no fiscalizado.
También precisa las medidas de mitigación de riesgo fitosanitarias (MMRF) para moderar el riesgo de dispersión del HLB y su vector durante el traslado de los mencionados artículos y detalla cómo debe ser su traslado entre áreas y mantiene la obligatoriedad del uso del Documento de Tránsito Sanitario Vegetal electrónico (DTV-e) para el mismo.
Se puede acceder al texto completo de la norma y al listado de preguntas frecuentes en este micrositio.
Fuente: Prensa Senasa.