Readecúan normas sanitarias por la emergencia agropecuaria

El Senasa colabora con los productores de la zona, mientras preserva los estatus sanitarios alcanzados y el bienestar animal.

A causa de la emergencia agropecuaria surgida por los incendios y sequías en varias provincias del país, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) readecuó los requerimientos sanitarios para el movimiento de animales, la certificación, habilitación y recertificación en las zonas afectadas.

En periodo intervacunal, se aceptará el egreso de terneras y terneros con una sola dosis de vacunación contra la fiebre aftosa y las demás categorías bovinas no tienen limitante para el movimiento al haber cumplido con la segunda campaña de inoculación de 2021, que en un periodo no mayor a 90 días serán vacunadas.

Asimismo, para el movimiento de ganado desde zonas con garrapata hacia zonas limpias, se exceptúa la inspección previa y se habilita la salida con un tratamiento precaucional -baño u otro- en origen, autorización de ingreso en destino con aislamiento y liberación de la tropa previa inspección oficial y también se permite el movimiento al área endémica de animales afectados a un brote de rabia paresiante, que en caso de no haberse hecho la vacunación emergencial deberá realizarse en el establecimiento de destino.

Además, el Senasa prorroga el vencimiento de las certificaciones de establecimientos libres y negativos a la enfermedad de Aujeszky, libres de brucelosis porcina y de brucelosis bovina y/o de tuberculosis bovina.

El organismo también contempla una prórroga de 12 a 18 meses para la vigencia de la habilitación de los transportes de ganado en pie radicados en las provincias en emergencia, así como se prorroga hasta el 8 de abril próximo la rehabilitación de las instalaciones de predios feriales -conforme a la Resolución Senasa Nº 924/2020-, por lo que no habrá restricciones para la concentración de hacienda.

Por otra parte, el Senasa trabaja en una normativa de emergencia, que dejaría sin efecto la fecha límite para el cumplimiento de la DOES Muestreo para los establecimientos de menos de 300 vacas -de acuerdo a su Resolución N° 67/2019 y modificatorias- y se extendería a la primera campaña de vacunación 2022.

Medidas que no modificarán el cronograma oficial de la primera campaña de vacunación contra la fiebre aftosa y se irán complementando con otras según la situación de emergencia agropecuaria.

Fuente: Prensa Senasa.