Se prorrogaron las cuotas de los créditos Ley 2.870 en La Pampa

La medida se aplica a los beneficiarios del Financiamiento de Proyectos Productivos por Intermedio de Municipalidades y Comisiones de Fomento.

Hay que recordar que el diferimiento de pagos está previsto en el artículo 36 de la Ley N° 2870: “Ante situaciones económicas-financieras especiales, siniestros, estragos y conflictos que afecten sustancialmente la estructura funcional de las empresas, o que atenten contra la continuidad de la actividad de alguna empresa promovida”.

La prórroga se plasmó en el decreto 708/20, que además establece que el plazo de 90 días podrá extenderse por el tiempo que se considere necesario en función de la emergencia sanitaria por el coronavirus.

Situación que ha afectado la vida social de los habitantes y la economía de quienes están comprendidos en esta operatoria de créditos, ya que muchas de las actividades que realizan fueron restringidas.

Fuente: Prensa oficial Provincia de La Pampa.