Unificaron el procedimiento para supervisar tratamientos de fumigación oficial

El próximo 15 de mayo, la Resolución 79/2023 del Senasa entrará en vigencia estableciendo los lineamientos nacionales para exportar e importar.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) unificó el procedimiento para supervisar y certificar la realización de los tratamientos de fumigación oficial (TFO) sobre productos de exportación e importación – excluidas frutas y hortalizas -, destinados al control de plagas cuarentenarias o que afectan la calidad del grano durante su almacenamiento o movimiento interno.

La nueva norma detalla los TFO y contempla a aquellos que dan cumplimiento a los Requisitos Fitosanitarios de Importación (RFI) impuestos por los países a los que se exporta la agroproducción argentina, a los RFI para el caso de importaciones y excepcionalmente, por pedido del exportador de manera preventiva por acuerdos comerciales.

Para armonizar la terminología utilizada en los TFO, la mencionada Resolución también define los términos involucrados en dicho marco normativo y establece las responsabilidades y obligaciones de las partes intervinientes.

Asimismo, reglamenta lo concerniente al momento de aplicación y a la solicitud de supervisión y certificación de los TFO, al tiempo que establece el Certificado de Tratamiento Fitosanitario Oficial (CTFO) y sus características.

Además, establece el marco para que las provincias habiliten los sitios donde realizar los TFO y reglamenta lo concerniente a la Unidad de Tratamiento de Fumigación (UTF).

Fuente: Prensa Senasa.